Sismo en Panamá: ¿puedo volver a mi apartamento en un P.H.?
Si vives en un apartamento y el sismo del 9 de octubre te sacó a la calle, lo más importante es no volver a entrar por impulso. Aquí tienes qué revisar y qué pedirle a tu junta directiva o administrador.
Primero, señales de alerta que NO debes ignorar
- Grietas diagonales o en forma de X en columnas, vigas o paredes de carga.
- Pisos o escaleras desnivelados, puertas que ya no cierran.
- Desprendimiento de concreto o varillas expuestas.
- Olor a gas o fugas de agua.
- Ascensores que no deben usarse hasta que los revisen.
Si ves alguna, no entres y avisa al administrador y a las autoridades.
Qué debes exigir a la junta o al administrador
- Una inspección estructural por un ingeniero o arquitecto idóneo, con informe escrito. La Junta Directiva puede contratar técnicos cuando sea necesario (Ley 284, art. 80).
- Información clara y por escrito sobre qué áreas están cerradas y por qué.
- Revisión de ascensores, gas, bombas y electricidad antes de reabrir.
- Aviso a la aseguradora del edificio. La ley contempla seguros contra terremotos para todo el edificio (art. 25).
- Una asamblea extraordinaria si hay que decidir reparaciones o cuotas. La puede convocar la Junta, el administrador o, por derecho propio, el 20% de los propietarios que estén al día (art. 64).
Qué puedes hacer tú
- Documenta los daños en tu unidad con fotos y videos con fecha.
- Revisa tu póliza si tienes seguro multi-riesgos sobre tu unidad (art. 56) y repórtalo.
- Guarda comunicaciones con la administración.
- No hagas obras estructurales por tu cuenta. Las partes estructurales son bienes comunes (art. 16).
- Si eres inquilino, avisa también al propietario y revisa tu contrato.
¿Y si la junta no hace nada?
Puedes pedir una asamblea extraordinaria reuniendo a por lo menos el 20% de propietarios al día (art. 64). La convocatoria debe tener los datos mínimos del art. 66 y firmas con los datos de inscripción de cada unidad.
Preguntas frecuentes
¿Quién decide si el edificio es habitable?
Un ingeniero idóneo y las autoridades competentes. No la junta por sí sola ni los vecinos por opinión.
¿Puedo dejar de pagar la cuota de mantenimiento por el sismo?
No es recomendable. Las unidades que no están al día pueden quedar fuera del cómputo de votación y generar recargos. Consulta tu caso con un abogado.
¿Quién paga las reparaciones?
Las áreas comunes y la estructura las paga el edificio con las cuotas de gastos comunes, el seguro del edificio, el Fondo para Imprevistos o una cuota extraordinaria aprobada por la asamblea. Lo que está dentro de tu unidad es tuyo, y lo cubre tu póliza si la tienes.
Artículo informativo, no sustituye la opinión de un ingeniero ni la asesoría legal.
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Imagen de portada: Bureau of Fire Protection – Region XII, Dominio público, vía Wikimedia Commons. Imagen ilustrativa.